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Política
Home›Política›La Rioja abre la convocatoria de ayudas al pago del alquiler de vivienda habitual por impacto del COVID-19 para ofrecer protección económica y social

La Rioja abre la convocatoria de ayudas al pago del alquiler de vivienda habitual por impacto del COVID-19 para ofrecer protección económica y social

Por Radio Haro
25 mayo, 2020
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Jesús Ángel Zamajón director general de Vivienda

La tramitación podrá completarse íntegramente de manera electrónica durante el estado de alarma a través de un formulario web que permitirá cargar toda la documentación.

El director general de Política Territorial, Urbanismo y Vivienda, Jesús Ángel Zamajón, ha informado del inicio de la convocatoria de las ayudas destinadas a las personas arrendatarias de vivienda habitual que, como consecuencia del impacto económico y social del COVID-19, tengan problemas transitorios para atender el pago parcial o total del alquiler. “Este programa de ayudas abre un paraguas de protección social para los inquilinos en situación de vulnerabilidad por esta crisis y para los pequeños propietarios”, ha afirmado Zamajón.

La nueva ayuda para el pago del alquiler de vivienda habitual a arrendatarios vulnerables por el COVID-19 se puede solicitar hasta el 30 de septiembre de 2020 y es una ayuda directa máxima de 500 euros, otorgada durante 6 meses, pudiendo incluirse como primera mensualidad la correspondiente al mes de abril de 2020. El pago de la ayuda se hará directamente al arrendador o a la entidad bancaria acreedora que haya efectuado el préstamo en el caso de haberse acudido a la línea de avales de arrendamiento COVID-19 de los préstamos ICO. No obstante, se abonará la ayuda directamente al solicitante de las mensualidades ya abonadas, previa aportación de los justificantes del abono de alquiler. La ayuda se pagará de una sola vez y con carácter anticipado. Su dotación total presupuestaria inicial será de 1 millón de euros.

La Dirección General de Política Territorial, Urbanismo y Vivienda de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población ha habilitado un formulario web desde la sede electrónica del Gobierno de La Rioja para realizar los trámites íntegramente por vía electrónica. “Mientras dure el estado de alarma, las solicitudes solo estarán disponibles electrónicamente. Las personas que utilicen el formulario web, a través del cuál van a poder cargar toda la documentación que va asociada a la solicitud de ayudas, tendrán que pedir cita previa mediante el sistema habilitado por la Administración pública para acudir a las oficinas de la Dirección General Vivienda o a los Servicios de Atención al Ciudadano del Gobierno de La Rioja para ratificar la presentación de esa documentación”, ha apuntado Zamajón

Los solicitantes de las ayudas, en su condición de arrendatarios de vivienda habitual, deben acreditar estar en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida a consecuencia del COVID-19.

La vulnerabilidad viene definida por la situación personal, al estar en situación de desempleo, ERTE o circunstancias similares que supongan una pérdida sustancial de ingresos. También por el esfuerzo económico, de modo que la renta arrendaticia más los gastos y suministros básicos resulten superior o igual al 35 por ciento de los ingresos netos del conjunto de los miembros de la unidad familiar.

Zamajón ha detallado que los beneficiarios deberán cumplir que el conjunto de los ingresos de los miembros de la unidad familiar, en el mes anterior a la solicitud de la moratoria, no superen el límite de tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples mensual (IPREM),.1.613,52 euros. Este límite se incrementará en 0,1 veces el IPREM por cada hijo a cargo en la unidad familiar. El incremento aplicable por hijo a cargo será de 0,15 veces el IPREM por cada hijo en el caso de unidad familiar monoparental. Este límite se aumentará en 0,1 veces el IPREM por cada persona mayor de 65 años miembro de la unidad familiar.

El límite de ingresos se incrementará en caso de que alguno de los miembros de la unidad familiar o la persona que tenga que pagar la renta arrendaticia tenga declarada discapacidad, situación de dependencia o enfermedad que le incapacite de forma permanente para realizar una actividad laboral.

Las solicitudes de subvención se tramitarán y resolverán por orden de presentación, siempre desde el cumplimiento de los requisitos y cuando la solicitud y documentación estén completas.

El director general de Política Territorial, Urbanismo y Vivienda ha indicado que la ayuda es compatible con cualquier otra ayuda al alquiler de la administración pública, entidades públicas, organizaciones no gubernamentales o asociaciones, siempre que no se supere el límite de 500 euros al mes.

Guía de ayudas a la vivienda por impacto del COVID-19

El Gobierno de La Rioja ha publicado una guía accesible desde el portal larioja.org en la que recoge toda la información referente a las ayudas al alquiler COVID-19, en la que se incluyen, entre otros aspectos, los requisitos que se deben cumplir, la documentación que hay que presentar, los ingresos máximos para las ayudas en función del número de hijos a cargo, así como preguntas frecuentes.

“En un contexto excepcional por una crisis sin precedentes este Gobierno se compromete con una política de vivienda más social que nunca, con el objetivo de garantizar la protección de un derecho básico como es el de la vivienda”, ha subrayado Zamajón. A este respecto, ha enfatizado: “Vamos a generar confianza en los hogares riojanos en un momento en que tanto la necesitamos”.

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