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Home›Política›El Gobierno de La Rioja convoca subvenciones al 100% para mejorar las redes hidráulicas de los 172 municipios de menos de 20.000 habitantes

El Gobierno de La Rioja convoca subvenciones al 100% para mejorar las redes hidráulicas de los 172 municipios de menos de 20.000 habitantes

Por Radio Haro
13 octubre, 2022
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El Gobierno de La Rioja va a destinar 3.279.692 euros para dar un impulso significativo a la situación de las redes de abastecimiento de agua potable mediante una convocatoria de subvenciones para mejorar el abastecimiento y reducir las pérdidas en redes de pequeños y medianos municipios, dentro del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

El Boletín Oficial de La Rioja publica la convocatoria de la Consejería de Sostenibilidad, Transición Ecológica y Portavocía dirigida a municipios con menos de 20.000 habitantes. Es decir, todos los términos municipales de La Rioja excepto Logroño y Calahorra. La cantidad de las ayudas puede alcanzar el 100% de las inversiones, aunque se establecen topes en función de la población.

El director general de Calidad Ambiental y Recursos Hídricos, Rubén Esteban, ha presentado esta convocatoria y explicado que “es la primera vez que los municipios riojanos tienen unas subvenciones dirigidas específicamente a sus sistemas de abastecimiento de agua potable para mejorar su eficiencia y, sobre todo para atajar en muchos casos las pérdidas de agua en las redes de distribución que se han quedado obsoletas y requerían una gran inversión.”

En su opinión “Era una necesidad acuciante, que los ayuntamientos están esperando y Europa así lo ha entendido destinando estos fondos que pueden cubrir el 80% de la inversión. El Gobierno de La Rioja la complementa para que pueda llegar al 100% y supongan un gran impulso a la renovación de las redes de un elemento tan fundamental en los municipios como es el agua”.

El Ministerio ha provisto los fondos dentro del componente 5 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y planificado su reparto para atender una reclamación recurrente por parte de la Comisión Europea que venía reclamando, a través de sus Informe-país sobre España, una mayor inversión en infraestructuras para reducir las fugas en las redes y mejorar el suministro de agua y el tratamiento de las aguas residuales. Corresponde a las Comunidades Autónomas la selección, aprobación de convocatorias, ejecución y desarrollo de los proyectos de inversión que serán financiado con dicho Plan.

Los municipios reciben por anticipado el 75% del importe

La Dirección General de Calidad Ambiental y Recursos Hídricos ha articulado a su vez un Plan de inversiones y actuaciones para la «Mejora del abastecimiento y reducción de pérdidas en redes de pequeños y medianos municipios», entendiendo por tales aquellos de población inferior a 20.000 habitantes, que ahora podrán recibir la financiación necesaria. La ayuda por proyecto puede alcanzar al 100% de la inversión, de la cual el 80% se cubre con los fondos del Fondos del Plan de Recuperación. Además, se adelanta a las corporaciones locales el 75% del importe de la subvención concedida para facilitar la ejecución de las obras.

Las cuantías que se pueden obtener varían en función del nivel de población. Van desde los 70.000 euros IVA incluido para municipios menores de 500 habitantes, hasta los 200.000 euros para los municipios mayores de 5.000 habitantes. En el tramo medio están los 100.000 euros para municipios de 500 a mil habitantes y los 150.000 euros de poblaciones de mil a 5.000 habitantes.

Para muchos municipios, el coste de estas actuaciones resultaba inalcanzable económicamente e imposibilitaba la ejecución real de las mismas. Al final, se acababan demorando las soluciones que supondrían un importante ahorro de agua, energía y/o en una mejor garantía de suministro. Para asegurar que el plan tiene el máximo alcance las entidades locales estarán exoneradas de la acreditación de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

Requisitos y gastos subvencionables

La ejecución de estos proyectos deberán estar finalizada antes del 1 de junio de
2025 y, para asegurar la ejecución en los plazos previstos, a 31 de diciembre de 2023 debe estar realizada más del 50% de la inversión prevista.

Son subvencionables las obras de mejora y renovación de sistemas de abastecimiento locales que sirven a pequeños y medianos municipios (captación, aducción y transporte, depósitos, potabilizadoras y redes de distribución) y las encaminadas a la reducción de pérdidas en las redes de dichos sistemas de abastecimiento, así como reparar y mejorar la captación, los depósitos e instalaciones potabilizadoras.

También se pueden incluir los gastos de las actuaciones preparatorias previas necesarias en honorarios de los profesionales intervinientes, el coste de redacción de los proyectos y, en su caso, el visado por el Colegio profesional correspondiente, informes técnicos y certificados precisos, hasta un importe máximo correspondiente a un porcentaje máximo del 4 por ciento (4%) del presupuesto de base de licitación de las obras, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido

No entran los gastos producidos como consecuencia del incremento del precio del contrato de obras objeto de subvención debido a modificaciones, revisiones de precios, certificación final, liquidación del contrato y cualquier otra incidencia surgida. Tampoco, los gastos derivados de expedientes de expropiación forzosa y de cambios de servicios afectados, ni los gastos en tasas o impuestos, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido.

Tampoco podrán ser seleccionadas aquellas actuaciones que en la fecha de solicitud de la ayuda ya dispongan de asignación en firme de fondos europeos en el marco de la programación financiera vigente, o que cuenten con financiación de la Administración General del Estado al estar incluidas en un convenio o protocolo con esta.

Los criterios objetivos de valoración son el de aseguramiento del cumplimiento del objetivo de la Orden, de innovación tecnológica en los sistemas de abastecimiento municipal, el grado de maduración de las actuaciones y, finalmente, la contribución a los Objetivos del Reto Demográfico. La orden de las bases reguladoras detalla el método de valoración de estos criterios.

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