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El Gobierno de La Rioja impulsa una novedosa línea de ayudas para garantizar el servicio de bar-cafetería en los municipios de hasta 500 habitantes

Por Radio Haro
26 diciembre, 2025
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Política Local destina 1,1 millones de euros en 2026 para financiar entre el 80 y el 100% del coste de las obras de reforma, construcción o adaptación de espacios destinados al ocio, la convivencia y la sociabilidad de los vecinos. El servicio, que deberá funcionar un mínimo de 20 horas y 3 días a la semana, estará activo durante al menos cinco años desde la concesión de la subvención. Osés: “Esta medida es un hito fundamental en la lucha contra la despoblación por la importancia que tienen estos espacios para la vida cotidiana de los pueblos, así como para el desarrollo de la actividad económica, social y lúdica”.

El consejero de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación, Daniel Osés, junto al director general de Política Local y Lucha contra la Despoblación, Óscar León, ha presentado la nueva Orden de subvenciones para financiar la apertura de nuevos espacios de ocio y convivencia en el medio rural. Esta norma, que se publicará el próximo lunes, día 29, en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR), cuenta con una dotación económica de 1.130.000 euros para el año 2026.

Se trata de una convocatoria de ayudas pionera en nuestra región que pretende ayudar económicamente a los ayuntamientos riojanos de hasta 500 habitantes, así como a las entidades locales menores, a poder realizar obras que supongan la habilitación, reforma, construcción o adaptación de locales públicos para mejorar los servicios básicos, sociales y de ocio, y promover así la sociabilidad de los vecinos.

El objetivo es que todos los municipios de La Rioja, incluidos los más pequeños y las entidades locales menores, cuenten con un servicio de bar-cafetería que es esencial para la vida rural, ya que sirve como punto de encuentro vecinal, lo que ayuda a paliar la soledad y el aislamiento en los pueblos, especialmente de las personas mayores.

Estas subvenciones reflejan el compromiso firme del Gobierno de La Rioja con la equidad, la sostenibilidad y la lucha contra la despoblación, ya que buscan garantizar que todos los ciudadanos tengan acceso a los servicios básicos, mejorando así la calidad de vida en las zonas rurales más despobladas, y promoviendo el desarrollo local, proporcionando recursos a los municipios más vulnerables.

“Esta medida es un hito fundamental dentro del reto de la lucha contra la despoblación por la importancia que tienen este tipo de espacios para la vida cotidiana de los pueblos, así como para el desarrollo de la actividad económica, social y de ocio. Así, el Gobierno de La Rioja sienta las bases, por primera vez en la historia, para permitir una convocatoria de estas características”, ha señalado el consejero.

Podrán ser beneficiarios los municipios con población igual o inferior a 500 habitantes, las entidades locales menores, así como los núcleos de población separados del municipio principal. Cada municipio podrá registrar una única solicitud, aunque los que tengan un núcleo de población separado podrán presentar un máximo de dos.

Se subvencionará hasta el 100% de la actuación en los municipios de población igual o inferior a 300 habitantes; el 90% en los municipios de 301 a 400 habitantes, y el 80% en los municipios de 401 a 500 habitantes, así como con población superior a 500 habitantes cuando la solicitud se realice para un núcleo de población separado del principal.

Se establece como requisito que el municipio o entidad local menor no disponga de un establecimiento que esté prestando en la actualidad el servicio para el que se solicita la ayuda, independientemente de que sea de titularidad municipal o privada. El servicio, que deberá funcionar un mínimo de 20 horas y 3 días a la semana, estará activo durante al menos cinco años desde la concesión de la ayuda.

La orden ha establecido tres líneas de ayuda diferentes, con sus respectivos gastos subvencionables:

• Habilitación, en establecimientos de bar-cafetería de titularidad municipal ya existentes, de un espacio para la venta directa de productos básicos, como pan caliente y otros productos básicos (por ejemplo, productos de higiene o productos envasados), con el fin de cubrir las necesidades básicas de aquellos municipios más afectados por la pérdida de este tipo de servicios. No tendrán la consideración de productos básicos aquellos cuya comercialización requiera permisos especiales, como por ejemplo alimentos frescos.

Serán subvencionables la reforma para la habilitación del espacio de venta, el equipamiento del espacio (como barra, estanterías o mesas), así como la adquisición e instalación de un congelador y un horno para la venta de pan caliente.

• Obras de reforma en establecimientos de bar-cafetería de titularidad municipal, con el fin de adecuarlos a la normativa vigente y mejorar sus condiciones de uso para la ciudadanía.

Serán subvencionables las intervenciones destinadas a la adaptación del establecimiento a las exigencias legales en materia de instalaciones eléctricas, protección contra incendios, normativa sanitaria y de accesibilidad universal, y cualquier otra que resulte de aplicación. Igualmente, se considerarán subvencionables las actuaciones de renovación de carpinterías (ventanas y puertas), mejoras y adaptaciones en la cocina (equipamiento incluido), trabajos de pintura del local y la sustitución o actualización del mobiliario.

• Obras de nueva construcción o de adaptación de un local municipal ya existente para su conversión en establecimientos de bar-cafetería de titularidad municipal.

Serán subvencionables el equipamiento, tanto de cocina como de barra, y el mobiliario del local, así como las obras de nueva construcción o de reforma de un local municipal ya existente necesarias para su adaptación al cumplimiento de las exigencias legales vigentes.

Con carácter general se subvencionarán los servicios profesionales vinculados con el proyecto, tales como honorarios técnicos de redacción del proyecto, dirección de obra y seguridad y salud.

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