El Juzgado de lo Social nº 2 de Logroño declara procedente el despido de un trabajador de Valdezcaray
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Se desestima así la demanda formulada por el trabajador David Vázquez Varela contra la empresa.
La sentencia expresa de forma clara y contundente que, en el momento del despido, el demandante no era representante de los trabajadores ni tampoco ostentaba la condición de candidato.
Por otra parte, en cuanto a las causas que fundamentan el despido objetivo, tanto económicas como organizativas, la sentencia indica que la empresa acredita la concurrencia de las mismas y, por ello, declara procedente el despido.