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Sucesos
Home›Sucesos›La Audiencia condena a 73 años de prisión a los tres implicados en el ‘Crimen de Viniegra’

La Audiencia condena a 73 años de prisión a los tres implicados en el ‘Crimen de Viniegra’

Por Radio Haro
24 julio, 2025
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El Magistrado Presidente del Tribunal del Jurado considera a los tres acusados coautores de un delito de asesinato y de tenencia ilícita de armas.

La sentencia considera que los dos hombres y la mujer (pareja sentimental de uno de ellos) que fueron juzgados por su implicación en el conocido ‘Crimen de Viniegra’ son “coautores” de un delito de asesinato por el que se les impone a los dos hombres 23 y 24 años de prisión y 21 años a la mujer. Además, el Magistrado Presidente del Tribunal del Jurado impone a los tres acusados 10 años de libertad vigilada una vez cumplida la condena.

También son condenados a 1 año y 6 meses de prisión cada uno por tenencia ilícita de armas. Y a uno de los acusados se suma una pena de 6 meses de cárcel por un delito continuado contra la seguridad vial por conducir sin puntos.

En la sentencia se fija una indemnización por daños morales de 200.000 euros para el hijo menor de la víctima y de 120.000 euros para cada uno de los progenitores. Unas cantidades fijadas en concepto de responsabilidad civil que los tres condenados deberán satisfacer conjunta y solidariamente.

La sentencia considera que los tres acusados son coautores porque, según se fundamenta, “del art. 28 CP se desprende que son coautores quienes realizan conjuntamente el hecho delictivo”. Y añade que “a través de su aportación, todos los coautores dominan conjuntamente la totalidad del hecho delictivo, aunque no todos ejecuten la acción contemplada en el verbo nuclear del tipo. La consecuencia es que entre todos los coautores rige el principio de imputación recíproca que permite considerar a todos ellos autores de la totalidad con independencia de su concreta aportación al hecho”.

El pasado 21 de mayo el Tribunal del Jurado, por mayoría de siete votos, declaró a los tres acusados culpables de asesinar el 9 de agosto de 2022 a Djafer Bechkat, de 45 años de edad y nacionalidad argelina.

El origen del crimen, según la sentencia, fue la deuda de entre 12.000 y 15.000 euros que uno de los acusados había contraído con la víctima por un asunto de drogas. Este acusado se puso en contacto con los otros dos condenados para “quitarse el problema de encima”. Acto seguido los tres acusados urdieron un plan para cometer el asesinato de Djafer.

La Audiencia impone diferentes penas a los tres acusados atendiendo a su historial delictivo. La mujer no tiene antecedentes penales. Los dos acusados cuentan con varios antecedentes penales por delitos relacionados con el tráfico de drogas, entre otros. El acusado al que se le impone 24 años de prisión es el que mayor implicación tenía en el tráfico de sustancias estupefacientes y quien, precisamente, había contraído la deuda con la víctima.

Hechos probados
El 9 de agosto, con el pretexto de que iba a saldar la deuda uno de los acusados junto a la acusada –su compañera sentimental- se dirigen a Logroño donde previamente habían quedado con la víctima. Tras recogerle en su coche se dirigen los tres por la N-111 hasta el cruce de la LR 333 y SO 8230, donde les esperaba el tercer acusado.

Según recoge la sentencia Djafer fue atacado “por sorpresa y con ventaja, con fuertes y reiterados golpes en la cabeza y en la cara, al menos con una piedra u objeto contundente, llegando a producir más de 20 heridas en cabeza y cara de Djafer, sabiendo que con ello se le sometía a un dolor innecesario, hasta que finalmente recibió un disparo en la nuca con un arma de fuego del calibre 32 que le causó la muerte, disparo que se realizó por uno de ellos dos en el modo en que habían acordado ejecutar, actuando ambos de común acuerdo en su realización. La acusada permaneció en el vehículo.”

Dos días después, con la intención de hacer desaparecer el cuerpo sin vida de la víctima, lo arrojaron a una sima del municipio de Viniegra de Arriba conocido como La Torca de unos 50 metros de profundidad.

Un guarda forestal vio con sus prismáticos cómo los tres acusados arrojaban algo parecido a un cuerpo humano a la mencionada sima. Decidió acercarse con su vehículo hasta el lugar, y tras comprobar que se trataba del cuerpo de una persona y ver manchas de sangre, les interceptó con su todoterreno y sin bajarse del coche llamó al 112. Los acusados fueron detenidos cuando llegaron los efectivos de la Guardia Civil y los Bomberos que recuperaron el cuerpo sin vida de Djafer Bechkat semidesnudo, con señales de violencia, con bolsas de plástico en la cabeza y un tiro en la nuca.

Alevosía y ensañamiento
Según se afirma en la sentencia, la alevosía ha sido probada por la situación de confianza previa de la víctima debida a “las relaciones existentes anteriores, de generar un señuelo adecuado -el pago de la deuda- para alejar a Djafer de Logroño y llevarlo a un lugar apartado, con la presencia de la pareja de su conocido como un elemento más de confianza”

Igualmente se considera probado el ensañamiento porque, según se afirma en la resolución “se produjeron las lesiones antes de la muerte de Djafer, antes del disparo, por lo que, dada la naturaleza de las mismas y el sufrimiento causado, de manera innecesaria en tanto que se concluyó rematando de un disparo, muerte que en definitiva era lo que se buscaba desde un inicio, se trata de un sufrimiento gratuito y buscado, lo que supone la esencia del ensañamiento”.

La sentencia no es firme. Cabe recurso ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia.

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