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Home›Sucesos›El TSJR rebaja las penas por el delito de asesinato a los tres condenados por el ‘Crimen de Viniegra’

El TSJR rebaja las penas por el delito de asesinato a los tres condenados por el ‘Crimen de Viniegra’

Por Radio Haro
17 noviembre, 2025
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La sentencia no hace diferencias en las penas y condena por igual a los tres acusados. Reduce las penas impuestas por la Audiencia de 24, 23 y 21 años de prisión a 20 años de cárcel.

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha estimado parcialmente los recursos presentados por las defensas de los acusados contra la sentencia de la Audiencia Provincial en el caso del ‘Crimen de Viniegra’ y rebaja las penas a los tres condenados a 20 años de prisión por el delito de asesinato con alevosía y ensañamiento. También rebaja de 10 a 7 años y 6 meses la libertad vigilada una vez cumplida la condena.

El tribunal mantiene 1 año y 6 meses de prisión por el delito de tenencia ilícita de armas para los tres, además de los 6 meses de prisión a los que fue condenado uno de ellos por un delito continuado contra la seguridad vial por conducir sin puntos.

No se modifican tampoco las indemnizaciones por daños morales de 200.000 euros para el hijo menor de la víctima y de 120.000 euros para cada uno de los progenitores. Unas cantidades fijadas en concepto de responsabilidad civil que los tres condenados deberán satisfacer conjunta y solidariamente, según se dispone en la sentencia de la Audiencia.

El pasado 21 de mayo el Tribunal del Jurado, por mayoría de siete votos, declaró a los tres acusados culpables de asesinar el 9 de agosto de 2022 a Djafer Bechkat, de 45 años de edad y nacionalidad argelina.

El origen del crimen, según los hechos probados que se recogen en la sentencia, fue la deuda de entre 12.000 y 15.000 euros que uno de los acusados había contraído con la víctima por un asunto de drogas. Este acusado se puso en contacto con los otros dos condenados. Los tres urdieron un plan para acabar con la vida de Djafer y hacer desaparecer su cuerpo arrojándolo a una sima de Viniegra.

La Audiencia Provincial en su sentencia considera a los tres acusados, dos hombres y una mujer (pareja sentimental de uno de ellos) “coautores” de un delito de asesinato por el que se les condenó a los dos hombres a 23 y 24 años de prisión y a 21 años a la mujer.

La Audiencia impuso diferentes penas a los tres acusados atendiendo a su historial delictivo y, concretamente, a su relación con el mundo del tráfico de drogas. La mujer no tiene antecedentes penales, pero los dos acusados cuentan con antecedentes penales por delitos relacionados con el tráfico de drogas, entre otros. El acusado al que se le impone 24 años de prisión es quien, precisamente, había contraído la deuda con la víctima.

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja modifica este aspecto de la sentencia de la Audiencia y fundamenta la rebaja de las penas por entender, primero, que los antecedentes penales de los dos acusados varones no integran la agravante de reincidencia; segundo, que dichos antecedentes deben valorarse conjuntamente con el hecho de que dichos acusados eran adictos al consumo de sustancias estupefacientes; y tercero, que la sentencia de la instancia tampoco expone la concurrencia de una mayor gravedad del hecho (la alevosía y el ensañamiento ya determinaron que la pena a imponer ascendiera hasta el marco punitivo de 20 a 25 años de prisión); razones todas por las que considera que “no concurren razones suficientes para exasperar la pena más allá del límite mínimo legal”. Es por ello por lo que concluye que debe imponer a los tres acusados la pena de 20 años de prisión, rebajando también en proporción la libertad vigilada de 10 años a 7 años y 6 meses.

Hechos probados
El 9 de agosto, con el pretexto de que iba a saldar la deuda uno de los acusados junto a la acusada –su compañera sentimental- se dirigen a Logroño donde previamente habían quedado con la víctima. Tras recogerle en su coche se dirigen los tres por la N-111 hasta el cruce de la LR 333 y SO 8230, donde les esperaba el tercer acusado.

Según recoge la sentencia Djafer fue atacado “por sorpresa y con ventaja, con fuertes y reiterados golpes en la cabeza y en la cara, al menos con una piedra u objeto contundente, llegando a producir más de 20 heridas en cabeza y cara de Djafer, sabiendo que con ello se le sometía a un dolor innecesario, hasta que finalmente recibió un disparo en la nuca con un arma de fuego del calibre 32 que le causó la muerte, disparo que se realizó por uno de ellos dos en el modo en que habían acordado ejecutar, actuando ambos de común acuerdo en su realización. La acusada permaneció en el vehículo.”

Dos días después, con la intención de hacer desaparecer el cuerpo sin vida de la víctima, lo arrojaron a una sima del municipio de Viniegra de Arriba conocido como La Torca de unos 50 metros de profundidad.

Un guarda forestal vio con sus prismáticos cómo los tres acusados arrojaban algo parecido a un cuerpo humano a la mencionada sima. Decidió acercarse con su vehículo hasta el lugar, y tras comprobar que se trataba del cuerpo de una persona y ver manchas de sangre, les interceptó con su todoterreno y sin bajarse del coche llamó al 112. Los acusados fueron detenidos cuando llegaron los efectivos de la Guardia Civil y los Bomberos que recuperaron el cuerpo sin vida de Djafer Bechkat semidesnudo, con señales de violencia, con bolsas de plástico en la cabeza y un tiro en la nuca.

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